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Verifactu - Crea y Crece.

Qué es el sistema Verifactu?

Revisión 1.05 – 19/05/2025

Verifactu y Ley Crea y Crece: La Facturación Electrónica en España

Resumen inicial

La digitalización de la facturación en España avanza impulsada por dos normativas clave: la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece.

Ambas están estrechamente relacionadas con la factura electrónica, pero persiguen objetivos ligeramente distintos.

  • El sistema Verifactu, enmarcado en la Ley Antifraude (Ley 11/2021), se centra en el control fiscal, garantizando la integridad, inalterabilidad y trazabilidad de los registros de facturación a través de software certificado y facilitando la remisión de datos a la Agencia Tributaria (AEAT).
  • La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) busca principalmente impulsar el crecimiento empresarial, reducir la morosidad comercial mediante la obligatoriedad de la factura electrónica B2B (entre empresas y autónomos) y promover la digitalización.

Para el sistema Verifactu, si bien el Real Decreto 1007/2023 (coloquialmente conocido como reglamento Verifactu) se publicó en diciembre de 2023, las fechas de obligatoriedad para los contribuyentes se han retrasado.

Las fechas clave propuestas para Verifactu son:

  • El 1 de enero de 2026 para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • El 1 de julio de 2026 para autónomos y el resto de obligados. Los desarrolladores de software, sin embargo, tienen hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas a los requisitos técnicos definidos en la Orden Ministerial HAC/1177/2024, publicada el 28 de octubre de 2024.

Aunque la Ley Crea y Crece entró en vigor en octubre de 2022, los plazos para la obligación de la factura electrónica B2B dependen del desarrollo reglamentario, que establece periodos de adaptación escalonados tras la publicación de una orden ministerial con especificaciones técnicas. Aún no hay un plazo definido.

Importante: XgestEvo solo implementará la opción VeriFactu con envío automático de registros a la AEAT, ofreciendo así la máxima seguridad jurídica a nuestros usuarios. Esta decisión garantiza el cumplimiento legal de forma transparente y minimiza posibles interacciones reactivas con la Administración Tributaria.

XgestEvo SOLO incluirá la opción VeriFactu, no incluirá NO VeriFactu

Para cumplir con la normativa Verifactu (Reglamento SIF), existen dos modalidades principales: enviar los registros de facturación automáticamente a la AEAT (sistema Verifactu) o guardar los registros localmente y tenerlos a disposición de la AEAT para que los solicite o acceda a ellos en cualquier momento.

Hemos decidido centrarnos solo en la opción de envío automático (Verifactu) porque:

  1. Es la opción más cómoda y recomendada por la Administración y proporciona mayor transparencia con Hacienda.
  2. Al enviar los registros automáticamente, la información ya está en poder de la AEAT. Esto reduce significativamente el riesgo de que Hacienda deba solicitarle los registros a demanda o acceder directamente a su sistema, lo cual puede ser visto como una posible fuente de requerimientos o inspecciones centradas en la disponibilidad de esos datos.
  3. Enfocarnos en Verifactu ofrece a nuestros usuarios mayor seguridad jurídica y tranquilidad, al evitar los posibles escenarios de requerimiento inesperado asociados a la modalidad de no envío automático.

Aunque la opción de no enviar es legal en principio (hay rumores de que es una opción temporal que se eliminará en un futuro), el hecho de que la AEAT pueda requerir la información o acceder al sistema en cualquier momento genera una incertidumbre que preferimos ayudarle a evitar, apostando por la vía que la propia Administración fomenta y que minimiza la necesidad de interacciones reactivas.

¿Qué es Verifactu?

En sentido estricto, Verifactu se refiere a los sistemas de emisión de facturas verificables. Se trata de herramientas informáticas que cumplen determinadas condiciones técnicas para asegurar la integridad y trazabilidad de los registros de facturación.

Sin embargo, el término Verifactu se usa a menudo en un sentido más amplio para referirse a:

  • El Reglamento Verifactu, que es el Real Decreto 1007/2023 que introdujo este término.
  • Las facturas Verifactu, que son aquellas emitidas usando estos sistemas.
  • El envío automático de los registros de facturación a la Agencia Tributaria.

El sistema Verifactu, enmarcado en la Ley Antifraude (Ley 11/2021), tiene como objetivo principal el control fiscal. Busca prevenir el fraude garantizando que todos los sistemas informáticos de facturación generen registros que sean inalterables, conserven su integridad, sean accesibles, legibles y trazables. Esto implica, entre otras cosas, la generación de un registro por cada operación, la inclusión de un código QR en las facturas o tickets y, opcionalmente, el envío automático de un resumen estructurado de cada factura a la AEAT.

La base legal de Verifactu incluye la Ley Antifraude (que modificó la Ley General Tributaria, LGT, estableciendo la obligación de usar software antifraude), el Real Decreto 1007/2023 que desarrolla los requisitos técnicos y la Orden Ministerial HAC/1177/2024 que especifica los detalles técnicos y funcionales.

¿Qué es la Ley Crea y Crece?

La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, también conocida como Ley de Creación y Crecimiento de empresas, es una normativa impulsada por el Gobierno español con varios objetivos. Está enmarcada en el Plan de Recuperación y Resiliencia.

Sus objetivos principales son:

  • Impulsar la creación de empresas.
  • Luchar contra la morosidad comercial.
  • Fomentar la digitalización empresarial, especialmente en pymes y autónomos.
  • Reducir el fraude y mejorar la recaudación fiscal.

Una de las medidas más importantes de la Ley Crea y Crece es la obligación del uso de la factura electrónica en las relaciones comerciales entre empresas y autónomos (operaciones B2B). Esta medida busca agilizar las transacciones, aportar transparencia y trazabilidad de los datos de facturación y conocer los plazos efectivos de pago para reducir la morosidad.

La Ley también incluye otras reformas para facilitar la creación de empresas (como la posibilidad de crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de solo un euro), mejorar la regulación económica, eliminar obstáculos a la actividad y potenciar instrumentos de financiación alternativa.

Relación entre Ley Crea y Crece y Verifactu

Aunque ambos conceptos a menudo se usan indistintamente, Verifactu y la factura electrónica B2B no son exactamente lo mismo. Son normativas que se han aprobado recientemente y están estrechamente relacionadas con la facturación electrónica, pero tienen características y aplicaciones diferentes.

  • Verifactu es un sistema de control fiscal derivado de la Ley Antifraude. Afecta a todos los que usan software de facturación para cualquier tipo de operación (B2B y B2C). Su objetivo principal es controlar el fraude fiscal y garantizar la trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. No es la factura en sí misma, sino un mecanismo para asegurar que los sistemas informáticos cumplan con requisitos técnicos de seguridad y, opcionalmente, enviar información detallada (un resumen estructurado o registro) de las facturas emitidas a la AEAT de forma casi inmediata.
  • La Ley Crea y Crece establece la obligación de la factura electrónica para las transacciones entre empresas y autónomos (B2B). Su finalidad principal es digitalizar estas operaciones y combatir la morosidad comercial. La factura electrónica B2B es el documento legal digital que formaliza una transacción comercial.

En esencia, la factura electrónica será la nueva forma de emitir facturas entre empresas y autónomos según la Ley Crea y Crece, y Verifactu es el sistema (basado en la Ley Antifraude) que asegura la integridad de los registros de todas las facturas (B2B y B2C) y permite su remisión a la AEAT para control fiscal.

Plazos de Aplicación

Los plazos para la implementación de estas normativas son diferentes y han sufrido modificaciones.

Plazos de Verifactu (Sistemas Informáticos de Facturación - SIF)

El Real Decreto 1007/2023, que regula los requisitos de los sistemas de facturación (SIF/Verifactu), se publicó el 6 de diciembre de 2023.

La Orden Ministerial HAC/1177/2024, que desarrolla las especificaciones técnicas de estos sistemas, se publicó el 28 de octubre de 2024. La publicación de esta orden marca el inicio de un plazo para los desarrolladores de software.

  • Los desarrolladores de software tienen un plazo de 9 meses desde la publicación de la Orden Ministerial (es decir, hasta el 29 de julio de 2025) para adaptar sus productos y ofrecerlos conformes al reglamento.
  • Los obligados tributarios (empresas y autónomos) debían, según el Real Decreto inicial, tener operativos sus sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2025. Sin embargo, debido a la publicación tardía de la Orden Ministerial y para dar tiempo a la adaptación, se ha propuesto y oficializado un retraso en la fecha de entrada en vigor para los usuarios finales.

Las nuevas fechas de obligatoriedad para que los obligados tributarios usen sistemas Verifactu son:

  • 1 de enero de 2026 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2026 para los autónomos, microempresas y el resto de obligados.

Existen excepciones a la obligación de Verifactu, como las empresas con sede fiscal en País Vasco y Navarra (que tienen normativas propias como TicketBAI), y aquellos que ya están sujetos al Suministro Inmediato de Información (SII).

Plazos de la Ley Crea y Crece (Factura Electrónica B2B)

La Ley Crea y Crece entró en vigor el 19 de octubre de 2022. Sin embargo, la obligación de usar la factura electrónica B2B depende de la aprobación y entrada en vigor de su desarrollo reglamentario. Aunque el borrador del desarrollo reglamentario se publicó en junio de 2023, la aprobación final estaba pendiente.

Una vez que se apruebe la orden ministerial que desarrolle las especificaciones técnicas, el calendario de implementación de la factura electrónica B2B será el siguiente:

  • 12 meses después de la entrada en vigor de la orden ministerial para empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros.
  • 24 meses después de la entrada en vigor de la orden ministerial para el resto de empresas y autónomos.

Requisitos Clave de los Sistemas Verifactu y Factura Electrónica B2B

La implementación de estas normativas implica que las empresas y autónomos deberán utilizar software que cumpla con requisitos técnicos específicos.

Para Verifactu, los sistemas deben:

  • Cumplir con los requisitos del software antifraude de la Ley General Tributaria (Art. 29.2.j).
  • Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Esto se logra mediante mecanismos como hashes encadenados y firma electrónica.
  • Eliminar los software de doble uso.
  • Generar un registro de facturación por cada factura emitida, anulada o rectificada.
  • Incluir un código QR en las facturas o tickets.
  • Permitir (o realizar automáticamente si se opta por esta modalidad) el envío de los registros a la AEAT.
  • El proveedor del software debe emitir una Declaración Responsable de conformidad con el reglamento.
  • Registrar determinados eventos en el programa para asegurar la trazabilidad.

Para la Factura Electrónica B2B (según desarrollo de la Ley Crea y Crece), además de cumplir los requisitos fiscales generales, las facturas deben:

  • Ser gestionadas en formato digital estructurado.
  • Utilizar formatos aceptados, como CEFACT/ONU, UBL, EDIFACT o Facturae. Se espera que la solución pública de la AEAT adopte el formato UBL.
  • Ser interoperables e interconectarse de forma gratuita entre plataformas.
  • Informar sobre los estados de la factura (aceptación, rechazo, pago total, etc.) para el seguimiento de la morosidad.
  • Garantizar la legibilidad, autenticidad del origen e integridad del contenido.
  • Permitir al destinatario obtener una copia de la factura durante 4 años sin coste.

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones de los sistemas de facturación conformes a Verifactu conlleva un régimen sancionador específico establecido en la Ley General Tributaria (Art. 201 bis), modificado por la Ley Antifraude.

Las sanciones Verifactu pueden ser significativas. Por ejemplo, la mera tenencia de software o sistemas que no cumplan con los requisitos técnicos (aunque no se use para defraudar) es sancionable con 50.000€. La manipulación de datos, la falta de código QR, no generar registros correctamente o no conservarlos son otros ejemplos de infracciones que pueden acarrear multas.

Es crucial que las empresas y autónomos se aseguren de que el software que utilizan está adaptado y cumplen con la normativa para evitar estas penalizaciones.

Cómo Prepararse

La adaptación a Verifactu y la factura electrónica B2B es un cambio normativo importante. Para afrontarlo, se recomienda:

  • Verificar el software actual y exigir al proveedor la declaración responsable de conformidad con el Real Decreto 1007/2023.
  • Elegir software que explícitamente declare ser “Verifactu compliant” y esté adaptado a la normativa de factura electrónica B2B, buscando proveedores fiables.
  • Cumplir estrictamente los plazos de entrada en vigor.
  • Conservar toda la documentación relacionada con la conformidad del software.
  • Formar al personal en el uso correcto del nuevo sistema.
  • Evitar bajo cualquier circunstancia la manipulación de registros.
  • Revisar y actualizar las configuraciones del software periódicamente.
  • Consultar con un asesor fiscal para resolver dudas.
  • Considerar el uso de ayudas como el Kit Digital para financiar la adaptación del software de factura electrónica.

Conclusión

Verifactu y la Ley Crea y Crece marcan un antes y un después en la facturación y el control fiscal en España. La Ley Crea y Crece impulsa la digitalización de las relaciones B2B y la lucha contra la morosidad a través de la factura electrónica obligatoria, mientras que Verifactu, bajo la Ley Antifraude, garantiza la integridad de los registros de facturación para un mayor control fiscal. Aunque con plazos distintos, ambas normativas son complementarias y esenciales para mejorar la eficiencia, transparencia y cumplimiento tributario. La clave para una transición exitosa es la información, la planificación y la adaptación temprana con software y proveedores fiables.